Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha publicado la Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid que será de aplicación a partir del curso 2018-2019

Podeis descargaros el documento completo aquí BOCM-20170711-1

Disposiciones generales:

Objeto y ámbito de aplicación
La presente Ley tiene por objeto garantizar la gratuidad de los libros de texto y el material curricular a todos los alumnos que cursen las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de Madrid, incluyendo los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de educación especial.

Sistema de préstamo. Finalidad y principios inspiradores
1. La gratuidad de los libros de texto y el material curricular garantizada por esta Ley se hará efectiva mediante un sistema de préstamo en el que la propiedad de aquéllos corresponderá a la Administración educativa, que los pondrá a disposición de los centros docentes para su uso gratuito por el alumnado.

2. El sistema de préstamo de libros de texto y material curricular tiene como finalidad primordial profundizar en la consecución del objetivo de gratuidad de la enseñanza básica y obligatoria y en su aplicación se atenderá al principio de máxima eficiencia en la asignación de los recursos públicos.

3. El desarrollo del sistema de préstamo responderá, además, a los siguientes principios inspiradores:
a) Fomento en el alumnado de actitudes de respeto, compromiso, solidaridad y corresponsabilidad.
b) Refuerzo de la autonomía de los centros docentes.
c) Profundización en los mecanismos de colaboración entre las familias y los centros docentes.
d) Promoción en la comunidad educativa de actitudes y valores de uso responsable de los bienes orientados a prácticas respetuosas con un medio ambiente sostenible.
e) Reconocimiento del papel activo del alumnado en su propio proceso de aprendizaje y contribución en la creación de entornos de aprendizaje más eficaces.

4. La Comunidad deMadrid, financiará, en los términos regulados en el Capítulo IV de esta Ley, la adquisición de los libros de texto y el material curricular necesarios para el funcionamiento del sistema de préstamo, así como las necesidades de su reposición derivadas del vencimiento de su período de vigencia, de su obsolescencia, de la imposibilidad de su reutilización en los supuestos excepcionales legalmente tasados o de su pérdida o deterioro no imputables al alumnado o a terceros, en los términos fijados legal y reglamentariamente.

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